El delito imprudente. El deber objetivo de cuidado debido.

De las definiciones que la Real Academia Española de la Lengua (en adelante RAE) otorga al término imprudencia, la tercera acepción se refiere a culpa, esto es, imputación a alguien de una determinada acción como consecuencia de su conducta.

No obstante y como sabemos en Derecho penal, no sólo las acciones son constitutivas de delito, sino también las omisiones ex art. 10 CP, por eso la tercera acepción del término culpa en la RAE lo define como la omisión de la diligencia exigible a alguien, que implica que el hecho injusto o dañoso resultante motive su responsabilidad civil o penal.

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Extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del trabajador. El despido voluntario

auto despido

Aquí os dejo el enlace de otro artículo de Derecho Laboral publicado en Lawandtrends.

En esta ocasión sobre la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del trabajador, también conocido como despido voluntario o auto despido.

La extinción del contrato de trabajo

Espero que os guste.

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