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EL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA EN LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

El post del que vamos a tratar hoy en derechoporlavida.com lo he encuadrado dentro de la sección penal, en concordancia con el propio título del post, aunque a buen seguro muchos de los lectores/as lo podrían haber hecho también en la de civil, pues la cuestión de la que vamos a tratar no parece tenga fácil acomodo en la vía penal si nos atenemos al principio de intervención mínima del derecho penal y a éste como última ratio para decidir sobre cuestiones patrimoniales entre cónyuges.

Ya decía San Agustín –a propósito del Principio de Intervención Mínima- aquéllo de que “La ley humana se propone castigar no más que lo que sea preciso y en la medida que sea preciso, a fin de mantener la paz entre los hombres y sólo en aquellos casos que están al alcance de los hombres”.

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