OJO CON LAS CANTIDADES ENTREGADAS A CUENTA A PARTIR 1-1-2016

El pasado 15 de julio de 2015 se publicó en el BOE una nueva disposición legislativa, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2016 la cual incorpora en su Disposición Final 3 una modificación a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en la que se establece un régimen de garantías exigibles para las obras de edificación comprendidas en la LOE con la posibilidad de asegurar las diferentes responsabilidades a través de una garantía financiera.

Así la Disposición Adicional primera de la LOE sufre una importante modificación que afecta a las cantidades entregadas a cuenta a los promotores durante la construcción.

Sobre este particular se pronuncia El Confidencial en el siguiente enlace

http://www.elconfidencial.com/vivienda/2015-07-21/si-compras-casa-a-partir-de-2016-no-adelantes-un-euro-si-no-hay-licencia-de-obra_935571/

También podéis ver el post que ha preparado Derechoporlavida.com CANTIDADES A CUENTA QUE NO CUENTAN

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