Interesante Sentencia del Tribunal Constitucional, 22/1984, de 17 de febrero, sobre la autotutela de la Administración

El Tribunal Constitucional otorga el amparo al entender que la potestad de la Administración de auto-ejecución de las resoluciones y actos dictados por ella se encuentra en nuestro Derecho positivo vigente legalmente reconocida y no puede considerarse que sea contraria a la Constitución, si bien es preciso que en la ejecución forzosa de actos administrativos se respeten los derechos fundamentales de los sujetos pasivos de la ejecución.

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