Requisitos de la indemnización por daños causado por la Administración Pública a tenor de las nuevas disposiciones administrativas
Es posible que a muchos de los lectores de este blog le suene la Ley 30/1992 y el Real Decreto 429/1993. Ambos textos solían utilizarse en general para exigir una eventual responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, y en particular cuando los particulares sufrieran una lesión en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que ésta fuese consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos; ambos textos fueron derogados con efecto desde el 2 de octubre de 2016 en el que entraron en vigor, por un lado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC) y por otro lado, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP).