El expediente de declaración de ausencia o desaparición por Ley 15/2015, de 2 de julio de Jurisdicción voluntaria
En el siguiente artículo vamos a analizar la declaración de ausencia y sus efectos a tenor de las últimas modificaciones introducidas en el Capítulo I del Título VIII del Código Civil, artículos 181 a 192, por Ley 15/2015 de 2 de julio, de la Jurisdicción voluntaria, en vigor desde el pasado día 23 de julio y que ha afectado prácticamente a todos sus artículos.
En primer lugar es conveniente conocer algunos de los aspectos fundamentales de esta nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria y que en virtud de razones de oportunidad política o de utilidad práctica viene a encomendar a otros órganos públicos, diferentes de los órganos jurisdiccionales, la tutela de determinados derechos que hasta el momento actual estaban incardinados en la esfera de la jurisdicción voluntaria y que no afectan directamente a derechos fundamentales o suponen afectación de intereses de menores o personas que deben ser especialmente protegidas.